Nuestro Blog

Pagoscertificados.com: una disrupción en la contratación electrónica

A través de Pagoscertificados.com el Consejo General de la Abogacía Española ofrece un novedoso servicio de pactos online que ha supuesto una disrupción en la contratación electrónica ya que ha roto las normas establecidas sobre la perfección de los contratos celebrados online.

Internet ha cambiado profundamente la sociedad, nuestros hábitos de consumo y nuestra forma de comunicarnos y relacionarnos con los demás. Ese cambio está provocando la modificación en la actividad de los juristas que, para poder seguir siendo competitivos, estamos adaptando nuestras estrategias profesionales a la nueva realidad. 

Los clientes demandan nuestros servicios en remoto y que les demos soluciones ágiles, sencillas y en el menor tiempo posible.

El ámbito de la contratación es uno de los que más se ha visto afectado por los cambios.

Pros y contras de la contratación electrónica

La contratación digital ha supuesto un avance para el sector legal ya que permite gestionar y enviar contratos desde cualquier lugar y en todo momento, por lo que se produce una importante reducción de costes suponiendo un beneficio para el cliente que además, puede contratar con terceros sin salir de casa.

Pero la contratación digital presenta inconvenientes:

Falta de seguridad en el cobro

En la contratación a distancia, el pago pactado no puede hacerse de forma simultánea a la perfección del contrato, por lo que habremos de realizar la transferencia de fondos, bien antes de la celebración de dicho contrato o bien después de su celebración.

Si se opta por la primera opción, el pagador asume el riesgo de que el contrato no llegue a celebrarse habiendo hecho un pago indebido.

Si se realiza el pago con posterioridad a la celebración del acuerdo corre un riesgo la contraparte, que puede verse vinculada jurídicamente por un contrato ya perfeccionado aún, no habiendo recibido la cantidad solicitada como pago del precio. Esto puede dar lugar a futuros litigios para resolver el contrato por incumplimiento.

Desconfianza en el proceso de contratación electrónica

Así mismo, cuando el cliente formaliza un contrato online, el asesoramiento y la supervisión por parte del letrado del documento a firmar por las partes no siempre puede realizarse de forma ágil y segura.

La disrupción

Pagoscertificados.com es una disrupción en la contratación electrónica que ha venido a cambiar las reglas de las transacciones online dando solución a los inconvenientes que aquella plantea para abogados y clientes:

La pionera plataforma de contratación online Pagoscertificados.com permite a los abogados, en nombre de sus mandantes, transar acuerdos entre partes condicionando la existencia de estos, al cobro de una cantidad por un beneficiario dentro de un plazo determinado, de manera que ¡Si no hay cobro, no hay acuerdo!

Acuerdos condicionados al pago pactado

La tecnología Smart contracts aplicada a la contratación a través de Pagoscertificados.com ofrece una solución a la problemática de la resolución de contratos por falta de pago ya que permite que la plataforma bloquee el documento firmado digitalmente por las partes no permitiéndoles su descarga hasta que el beneficiario no haya recibido la cantidad solicitada. Si tu cliente no recibe el pago convenido la propuesta de acuerdo desaparece de la plataforma convirtiéndose en una propuesta de acuerdo “fantasma” o inexistente.

Nuestro equipo ha denominado esta nueva realidad juridica como un “Snap Contract” o “propuesta de acuerdo fantasma” ya que dicha propuesta, si no es aceptada o caduca por falta de pago, desaparece de la plataforma sin dejar rastro. Incluso a pesar de estar firmada por ambas partes, si no se recibe en plazo el pago que activa el contrato éste no se perfeccionará y no producirá efectos entre las partes, desapareciendo de la plataforma y por tanto no permitiéndose su descarga para los firmantes.  

De esta forma las partes podrán contratar con la máxima seguridad jurídica.

Ya no es preciso confiar en nadie para realizar transacciones exitosas, puesto que todo lo relacionado con la transacción será manejado por un sistema imparcial que reemplaza la confianza y da seguridad jurídica. El sistema eliminará de la plataforma las propuestas de acuerdo rechazadas o impagadas en plazo, sin que puedan tener acceso al mismo ninguno de los intervinientes en la transacción.

Pagocertificados.com es una disrupción en la contratación electrónica ya que permite, por primera vez, condicionar la perfección y la existencia del contrato al pago en plazo de la cantidad pactada en el mismo.

Otras plataformas de contratación digital sólo ofrecen soluciones para la firma electrónica de documentos y la entrega de un certificado o documento probatorio con sello de tiempo.

En Pagoscertificados.com, además de la certificación electrónica del acuerdo con validez probatoria con sello de tiempo, se ofrece la opción de condicionar la eficacia contractual a que se produzca el pago del acuerdo o contrato.

El valor diferencial de Pagoscertificados.com

Pagoscertificados.com no sólo agiliza el pago gracias a su integración con CaixaBank, un proveedor de pagos seguro e independiente, que libera las cantidades pactadas a sus beneficiarios en un máximo de 72 horas, sino que condiciona la existencia del contrato al primer pago requerido. Este es claramente el elemento diferencial con otras soluciones de contratación electrónica. 

Las herramientas de contratación digital permiten agilizar el sistema de generación de documentos y de firma, permitiendo prescindir del escaneo de documentos o del envío de fax, pero no suponen una disrupción en el perfeccionamiento de los contratos, como el que permite Pagoscertificados.com, al condicionar la perfección y la existencia del contrato al pago, aportando esa gran diferencia que supone garantizarle al cliente el cobro de los contratos firmados.

Supervisión del contrato por el abogado

Por otra parte, Pagoscertificados.com es una disrupción en la contratación electrónica ya que al ser los letrados de ambas partes quienes firman el acuerdo su labor de asesoramiento y supervisión es muy ágil y está sujeto a la confidencialidad profesional entre letrados.

Prueba del contrato

Según el art. 24 LSSI “La prueba de la celebración de un contrato por vía electrónica y la de las obligaciones que tienen su origen en él se sujetará a las reglas generales del ordenamiento jurídico” y, “en todo caso, el soporte electrónico en que conste un contrato celebrado por vía electrónica será admisible en juicio como prueba documental”.

Sin embargo, el carácter etéreo de las comunicaciones transmitidas a través de internet, fundamentalmente a través de correo electrónico, pueden dificultar tanto la prueba del envío de la declaración de aceptación y de su recepción por el oferente, como de la fecha de perfección del mismo y de su contenido.

Frente a esta fragilidad probatoria, la contratación a través de la plataforma Pagoscertificados.com ofrece una prueba robusta de la celebración del contrato, del momento de su perfección y de su contenido, a través de un documento probatorio certificado por Logalty. Esta entidad tiene la condición de prestadora de servicios de confianza, conforme al art. 3 apartado 16 del Reglamento UE 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior.

La certificación del contrato

El citado certificado recoge las evidencias electrónicas del proceso de firma generadas por ambas partes, signando la fecha de cada una de ellas.

La firma se hace mediante la introducción de un código individualizado enviado a cada parte por SMS a su teléfono móvil. El certificado atribuye a cada contrato un código de verificación y anexa el documento contractual signado, que queda sellado con un sello electrónico de tiempo que vincula la fecha y hora con los datos, impidiendo su posterior modificación. Además, la función resumen del contenido del acuerdo, en la que consta el objeto esencial del contrato y los datos de los firmantes, queda depositada notarialmente.

Efectos de la certificación

En consecuencia, este certificado tiene la consideración de un sello electrónico de tiempo cualificado, conforme a la definición del art. 42 del Reglamento UE910/2014, que de acuerdo con el art. 41.2 del Reglamento UE 910/2014 disfrutará de una presunción de exactitud de la fecha y hora que indican y de la integridad de los datos a los que la fecha y hora estén vinculadas.

Conclusión

Pagoscertificados.com es una disrupción en la contratación electrónica que nos permite a los abogados satisfacer las necesidades de nuestros clientes y mejorar su experiencia.

Todo ello de forma online y sin desplazamientos y sin costes para el abogado, garantizado por la confidencialidad profesional entre compañeros y con la garantía de la Abogacía Española.

José Enrique Rodríguez Zarza

Dtor. de Desarrollo de Negocio de Pagoscertificados.com

Comparte en